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La Audiencia de Navarra condena a tres años de prisión a dos miembros de La Manada por grabar la violación de sanfermines

21/11/2019 | Sentencias y jurisprudencia

FUENTE: EL PAIS

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a tres años y tres meses de prisión y 5.670 euros de multa a dos de los integrantes de La Manada. Los magistrados consideran a Antonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo autores de un delito contra la intimidad. Grabaron siete vídeos y realizaron dos fotografías de la violación grupal continuada perpetrada por ellos y por los otros tres procesados el 7 de julio de 2016 en Pamplona.

En la sentencia, contra la que cabe recurso, los magistrados imponen a los dos condenados la máxima pena de prisión solicitada por las acusaciones —la particular, ejercida por la víctima, y las dos populares, ejercitadas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona—, y la mayor multa reclamada.

Los jueces han absuelto a los otros tres encausados. Consideran que el delito se consumó de manera instantánea con las grabaciones y la toma de dos fotografías sin que ellos “aportaran nada causalmente relevante para la consumación” del delito. “No aportaron ninguna colaboración objetiva y causal, eficazmente dirigida a la consumación del delito expresado”, señala el fallo, según la nota distribuida por el TSJN.

Cuatro de los cinco miembros de La Manada se enfrentan esta semana en Córdoba a otro juicio por un presunto abuso sexual contra una joven de Pozoblanco, dos meses antes de la agresión en sanfermines. También en este caso grabaron con móviles. De hecho, esa grabación con los tocamientos en el pecho a la joven, que tenía 21 años cuando ocurrió todo, estaba en los teléfonos que les revisaron en Pamplona. Su hallazgo motivó la apertura de este nuevo caso. Ángel Boza, el quinto miembro de La Manada que no viajó hasta Pozoblanco el 1 de mayo, sí estaba en uno de los chats a los que enviaron el vídeo y declaró como testigo.

El abogado de La Manada, Agustín Martínez Becerra, ha adelantado a este diario que va a recurrir y considera el fallo como un ejemplo de que “se están cebando” con sus defendidos, informa Eva Sáiz. El letrado, visiblemente contrariado, estaba leyendo la sentencia a las puertas de la sala en el juzgado de Córdoba. Sus defendidos han conocido el contenido del fallo al llegar a la sala. Han pedido un receso para hablar con su abogado.

La decisión de la Audiencia de Navarra llega en un momento delicado para sus defendidos. Precisamente es el vídeo que grabaron de los tocamientos a la víctima de Pozoblanco la prueba principal sobre la que se basa la acusación y los delitos que se imputan a La Manada. Una prueba cuya nulidad solicitó su abogado al comienzo del juicio y sobre la que el juez decidirá en la sentencia.

El pasado julio, el Supremo condenó a los cinco acusados como autores de un delito continuado de violación a 15 años de prisión. A Antonio Manuel Guerrero, guardia civil de profesión, le impuso dos años más por un delito de robo con intimidación. El Supremo revocó la sentencia que había dictado la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, que en diciembre de 2018 había confirmado la condena impuesta en abril de ese año por la Sección Segunda de la Audiencia a los cinco procesados a nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento. Los primeros pronunciamientos judiciales en este caso provocaron amplias movilizaciones en distintos puntos de España contra las decisiones judiciales, al grito de «No es abuso, es violación».

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Navarra estimó en su primera sentencia en parte los recursos de dos de las acusaciones en lo concerniente al delito contra la intimidad. Ordenó a la Sección Segunda de la Audiencia una nueva sentencia sobre este delito. La deliberación y fallo tuvo lugar el pasado 29 de octubre.

La Audiencia de Navarra ha tenido en cuenta las conclusiones del juicio de noviembre de 2017. Entonces, la fiscal solicitó para los cinco acusados una pena de dos años y 10 meses de prisión y una multa de 5.409 euros por un delito contra la intimidad. Las defensas de los cinco acusados abogaron por la absolución.

 «Ánimo de dejar constancia» de la violación

Durante la violación grupal perpetrada en un portal de la calle Paulino Caballero de Pamplona la madrugada de sanfermines de 2016, Antonio Manuel Guerrero grabó seis vídeos y realizó dos fotografías con su teléfono. El exsoldado Alfonso Jesús Cabezuelo grabó también con su móvil. Los tres magistrados coinciden en que las grabaciones y las dos fotografías se tomaron “con el ánimo de captar y dejar constancia de los actos de naturaleza sexual” realizados sobre la víctima. Y se hizo “sin que esta prestara de forma expresa o tácita su asentimiento a que se realizaran las grabaciones ni a que se tomaran las fotos”.Se adhiere a los criterios de 

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Carta de la víctima de La Manada: «Lo peor no fue la situación vivida sino todo lo que vino después»

28/06/2019 | Noticias

«Buenos días, tras casi tres años, este proceso por fin se ha terminado. Ha sido largo, intenso y sobre todo agotador. Lo peor no fue la situación vivida sino todo lo que vino después…»

Son las primeras palabras de la víctima de La Manada después de que el Tribunal Supremoelevara de 9 a 15 años de prisión la condena al considerar que los hechos que ocurrieron en los Sanfermines de 2016 no fue abuso sexual por prevalimiento sino un delito continuado de violación.

Es sólo un extracto de la carta que la víctima ha remitido a El Programa de Ana Rosa. Tan sólo tres frases, pero tres frases en las que la víctima da por cerrada una pesadilla de tres años, «larga, intensa y agotadora», y en la que reconoce que lo peor no fue lo vivido sino lo que vino después.

Y lo que vino después fue una sentencia, la de la Audiencia Provincial de Navarra, que indignó a toda la sociedad. Una sentencia en la que se llegaba a describir como «jolglorio» como cinco hombres la acorralaron en un espacio reducido y la violaron. Tres años en los que ha tenido que soportar que la justicia no la creyera y en los que ha tenido que guardar silencio, un silencio roto ahora, cuando todo ha terminado.

«Son momentos en los que nadie sabe cómo actuar pero vosotros lo hicisteis fácil«, ha subrayado la víctima de ‘La Manada’, al tiempo que ha dado las gracias también a Pamplona y a Navarra «que con todo su empeño han hecho más fácil que alguna vez» pueda volver

La carta continúa llena de agradecimientos desde «todas las personas que desde el primer momento se involucraron para ayudarme» pasando por «el juez de instrucción que nunca dudó de mí» hasta «el abogado que me tocó aquel 7 de julio de 2016…». «No puedo haber sido más afortunada con la calidad de las personas que me han ayudado», asegura.

«Gracias de nuevo a aquellas primeras asociaciones y personas por llevar esto a la calle formando un eco por todos los rincones de España. Gracias por no haberme dejado sola. Os estaré eternamente agradecida, pero yo no soy ninguna heroína, la fuerza para continuar, muchas veces, me la ha dado todo el calor y apoyo que he sentido en este camino», insiste en la misiva.

La carta finaliza con un mensaje contundente: «No podemos olvidarnos que la lucha debe seguir y debemos ser el cambio que queremos en la sociedad, ya que esto le ha supuesto la vida a muchas compañeras. Recordad, contadlo. No les dejéis ganar a ellos«.

El Tribunal Supremo cerró el caso de La Manada el viernes pasado elevando sustancialmente la condena de José Ángel PrendaAlfonso Jesús CabezueloÁngel BozaJesús Escudero y Antonio Manuel Guerrero, y enviando un mensaje de dureza contra los delitos sexuales, dirigido tanto a la sociedad como a los tribunales encargados de juzgar este tipo de hechos. Apenas una hora después de que el Supremo hiciera pública su decisión, la Policía detenía a los cinco acusados. La pesadilla acababa para la víctima.

El Supremo fue contundente: lo que sucedió en la madrugada del 7 de julio de 2016 en los fondos de un portal de Pamplona entre cinco hombres jóvenes y una chica de 18 años fue una agresión sexual continuada y con agravantes que merece una condena de 15 años de prisión. Añade una indemnización conjunta de 100.000 euros, una orden de alejamiento de la víctima durante 20 años y, tras cumplir la condena, otros ocho años de libertad vigilada.

Los magistrados revocaban así las sentencias previas de la Audiencia de Navarra y del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de esa comunidad, que habían impuesto nueve años de cárcel por abusos sexuales.

Los hechos que se consideraron probados describen «un auténtico escenario intimidatorio, en el que la víctima en ningún momento consiente a los actos sexuales llevados a cabo por los acusados». «Situación intimidante», prosigue la setencia, «que hizo que la misma adoptara una actitud de sometimiento, haciendo lo que los autores le decían que hiciera, ante la angustia e intenso agobio que la situación le produjo por el lugar recóndito, angosto y sin salida en el que fue introducida a la fuerza, y las circunstancias personales de la víctima y de los acusados, lo que fue aprovechado por ellos para realizar los actos contra la libertad de aquella, al menos 10 agresiones sexuales con penetraciones bucales, vaginales y anales«.

La condena impuesta es la máxima legal por una agresión sexual, un delito que parte de una pena mínima de seis años. Los magistrados han llegado a los 15 porque han apreciado que se dieron dos de las agravantes que prevé el Código Penal: el trato degradante o vejatorio hacia la víctima y el haber actuado en grupo.

Pese a ser la pena más alta por violación, el tribunal explica que los años totales de cárcel deberían haber sido más. Lo explica diciendo que lo correcto jurídicamente habría sido condenar a cada acusado como autor de la violación que cometió y coautor de las otras cuatro. Aunque la pena por cada violación habría sido un poco inferior, la suma total habría superado los 60 años.

La Manada ha vuelto a la cárcel al cumplirse justo un año desde que la Audiencia Provincial de Navarra les concediera la libertad provisional (21 de junio de 2018), cuando estaba a punto de vencer el plazo máximo de dos años estipulado para la prisión provisional y entendiendo que no existía riesgo de fuga ni de reiteración delictiva.

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