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Cuatro imputados por aplicar el síndrome de alienación parental para separar a una menor de su madre

07/02/2020 | Sentencias y jurisprudencia

FUENTE: EL PAÍS

El denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP) se ha vuelto contra la Diputación de Bizkaia. Cuatro miembros del Servicio de Infancia de la institución foral, entre ellos el que ahora es el máximo responsable del departamento de Acción Social, Sergio Murillo, han sido imputados por la Audiencia Provincial por un delito de prevaricación por actuar sin pedir autorización al juez y arrebatar una niña a su madre que tenía la custodia compartida, apelando al SAP, que “es otra forma más de ejercer violencia contra la mujer”.

La sala recuerda en su auto que el controvertido síndrome no ha sido reconocido por ninguna asociación profesional ni científica y que ha sido rechazada por la Asociación Americana de Psiquiatría y por la Organización Mundial de la Salud. El propio Consejo General del Poder Judicial ha rechazado la existencia del SAP, lo que no significa que los jueces no reconozcan “las interferencias parentales”. O lo que es lo mismo, que algunos padres y madres utilizan a sus hijos en contra de sus parejas en los procesos de divorcio, como explica la presidenta de la de la Asociación Española de Abogados de Familia, María Dolores Lozano.

“Me arrebataron a mi hija en contra de la decisión del juez que había dictado la custodia compartida”, lamenta Irune Costumero.PUBLICIDAD

La batalla judicial se prolonga ya casi tres años desde que denunció aquel hecho en agosto de 2017. Costumero recuerda que cuando le dijeron que le iban a quitar a su hija estaba en el Servicio de Infancia. “Estaba con mi hija y con mi madre. La niña se agarró a mí, y me la tuvieron que arrancar mientras gritaba: ‘¡Mamá, mamá!”. En un momento, relata, se encontró rodeada de una decena de policías.

No había sido un divorcio fácil y las cosas se complicaron tras el fallo que otorgaba la custodia compartida. El padre la denunció a los servicios de la Diputación Foral por influir en la niña para que no pasara tiempo con él, y la institución actuó. Desde entonces —casi tres años— puede visitar a su hija solo dos días a la semana, unas pocas horas, y siempre con un escolta. “Denuncié porque no quiero que a nadie le vuelva a pasar esto, porque la Diputación usa ese síndrome para hacer lo que me hizo a mí, y porque es injusto y malo para mi hija”.

La sección sexta de la Audiencia Provincial denuncia el proceder de la Diputación, porque “no parece que la competencia” para revisar una resolución judicial sea de la institución, e imputa a la jefa del Sección de Recepción, Valoración y Orientación, Antonia Giner; la jefa del Servicio de Infancia, Consuelo Alonso; el director general de Promoción de la autonomía personal, ahora diputado foral de Acción Social, y a la trabajadora social que ejecutó la orden, Maika Urrutxurtu, por prevaricación y por un posible delito de lesiones que se produjeron cuando usaron la fuerza contra Costumero y “quizás”, apunta el auto, contra la propia niña. El departamento de Acción Social no quiere hacer ninguna declaración sobre el auto, y no se va a pronunciar hasta que se produzca el juicio y haya una sentencia firme.

Fuentes del Consejo General del Poder Judicial confirman que para cualquier cambio de situación en la custodia de un menor la figura del juez es incuestionable. Pese a todo la Diputación de Bizkaia no mueve ficha. Dos años y medio después de quitarle de hecho la custodia a la madre, en agosto de 2017, la niña sigue en manos de su padre. La menor tenía cinco años cuando pasó todo y cumplió ocho el pasado domingo. “Voy a llegar hasta el final, pese a todo y a todos”, advierte Costumero.

Batalla en el Parlamento provincial

La batalla de esta mujer no es solo judicial. En estos cerca de tres años separada de su hija también ha abierto una vía política hasta el punto de que el Parlamento provincial de Bizkaia, las Juntas Generales, se han hecho eco del argumentario de la Audiencia de Bizkaia y a finales de enero los partidos aprobaron por unanimidad una proposición que insta a la Diputación Foral, en general, y al Servicio de Infancia, en particular, a que dejen de utilizar ese síndrome a la hora de valorar la situación con los menores y sus madres o padres, y recurran a otro tipo de metodologías.

Costumero y varias madres más se reunieron con todos los grupos políticos para enseñarles la argumentación judicial sobre el SAP, y las consecuencias que puede generar en los niños. Hasta el PNV, que gobierna en la Diputación, se sumó a la iniciativa.

UNA BATALLA EN EL PARLAMENTO PROVINCIAL

La presidenta de la Asociación Española de Abogados de Familia (Aeafa), María Dolores Lozano, asegura que el concepto de síndrome de alienación parental se utiliza cada vez menos, pero sí se recoge el de “interferencias parentales”. “No es una cuestión de género», dice, «si no de saberse divorciar de una manera civilizada sin emplear a los hijos como arma arrojadiza. Incurren en esta práctica tanto madres como padres”, precisa la presidenta.

Lozano recuerda que el Tribunal Supremo, en Sentencia número 519/17, de 22 de septiembre, deja dicho que son “los progenitores los que han de velar por no influir negativamente en las opiniones de su hijo/a, permitiéndoles un armónico desarrollo de su personalidad y evitando las dependencias afectivas insanas”.

Lozano explica que según el Observatorio del Derecho de Familia de Aeafa, el 97% de los divorcios contenciosos tienen un nivel de conflictividad alto o muy alto en parejas con hijos. Causas de las disputas: el régimen de custodia de los hijos (sistema monoparental o guarda compartida) y las medidas económicas: el uso de la vivienda familiar y la pensión de alimentos de los hijos, principalmente.

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Se presenta querella por presunta prevaricación a las personas responsables funcionarias de aplicar la ocurrencia del SAP

27/01/2020 | Sentencias y jurisprudencia

FUENTE: DIARIO FEMINISTA / Cristina Pulido

El pasado 19 de diciembre se publicó la situación vulnerable que estaban viviendo la niña y el niño de una madre a la cual se había aplicado en su caso la ocurrencia del SAP.

La niña que había explicado en varias ocasiones que no quería ver a su padre por los presuntos abusos sexuales cometidos, estaba siendo desoída por los profesionales que en principio debían estar al cargo de protegerla, y en lugar de hacerlo, habían emitido informes que favorecían al presunto agresor, en lugar de asegurar la seguridad de la niña. Y aún peor, poniendo en riesgo la custodia de la niña y el niño de su madre.

Por esta causa, ya se presentó una querella a la magistrada que no quiso escuchar la voluntad de la niña, ni tampoco los informes psicológicos que indicaban la evidencia de los abusos sexuales cometidos.  En aquella rueda de prensa ya se anunció que el próximo paso sería querellarse con las personas profesionales funcionarias de la DGAI, EAIA y Servicios Sociales que habían aplicado un síndrome para justificar su informe, el SAP, que está rechazado por la comunidad científica internacional, y que el mismo Consejo General del Poder Judicial Superior ha prohibido, así como también está prohibido por el pacto estatal de la violencia de género.

Su caso, es el mismo que ayer publicamos, y hay muchos más en Cataluña según las informaciones recibidas por las fuentes consultadas, así como la evidencia que está situación es conocida por responsables de instituciones que pueden actuar para corregir dicha situación, puesto como decía la relatora especial de la ONU, el estado español, y las comunidades autónomas, tienen una obligación de proteger a las niñas y niños y no dejarlas en situación de vulnerabilidad como se está haciendo en estos casos.   No se puede ser cómplice como institución, no con el dinero público donde la ciudadanía confiamos que las y los profesionales actuarán con evidencias científicas y en protección de los derechos humanos y  de la infancia, no al contrario.