El Gobierno de Canarias condena el asesinato de la mujer que falleció quemada en La Laguna (Tenerife)

25 septiembre, 2020

FUENTE: LA VANGUARDIA

El Gobierno de Canarias manifiesta, a través del Instituto Canario de Igualdad (ICI), su más enérgico rechazo y condena el último caso de violencia de género registrado este jueves Tenerife, de acuerdo a la Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género de la Comunidad Autónoma Canaria, y traslada su más sincero pésame a la familia y amistades de la víctima.

La víctima era una mujer de 50 años (Ramona Jesús S.A.), natural de la isla de Tenerife, que falleció ayer en el Hospital Universitario de Canarias (HUC) debido a las graves quemaduras generadas tras una explosión en una vivienda en La Laguna cuando estaba acompañada por un hombre, de 35 años, que ha sido trasladado a la unidad de quemados del Hospital Virgen del Rocío de Sevilla.

Tras el incidente una de las hijas fue atendida por el Dispositivo de Emergencias para la atención de Mujeres Agredidas (DEMA) de la isla de Tenerife.

Tal y como contempla el protocolo de actuación institucional del Gobierno de Canarias en caso de asesinatos de mujeres, este viernes se realizarán concentraciones de repulsa delante de los edificios públicos.

El presidente del Gobierno de Canarias, Ángel Víctor Torres, presidirá el acto de condena en la sede de Presidencia en las Palmas de Gran Canaria, donde también estará la consejera de Derechos Sociales, Igualdad, Diversidad y Juventud, Noemí Santana.

La directora del ICI, Kika Fumero, muestra su más sentido pésame a familiares y amistadas de la mujer y condena igualmente este feminicidio que, de acuerdo a la ley canaria, es considerada violencia de género.

«La violencia de género que se castiga en el Código Penal exige que haya habido una relación de afectividad pasada o presente, la ley canaria no, por lo tanto en este caso, al no estar demostrada la relación afectiva, para la ley estatal no es una víctima de violencia de género pero para la ley canaria, sí», señala. LEY PIONERA EN CANARIAS

En su opinión, «se trata de una ley pionera que hace una definición amplia que recoge y define la violencia de género en sus múltiples formas y manifestaciones: física, psicológica, sexual y económica y no acota la violencia al ámbito de la pareja o la expareja sino que la hace extensible a cualquier ámbito: familiar, laboral, docente y social, y sin que necesariamente exista o haya existido un vínculo emocional».

El artículo 3 de la Ley 16/2003, de 8 de abril, de Prevención y Protección Integral de las Mujeres contra la Violencia de Género de la Comunidad Autónoma Canaria define qué considera la Comunidad violencia de género y hace una aclaración: «con independencia de que las mismas estén o no tipificadas como delito o falta penal, o infracción administrativa por la legislación vigente en cada momento».

El Código Penal, vigente para todo el Estado, solo castiga como violencia de género algunas de sus manifestaciones (las que se producen por hombres contra mujeres que sean o hayan sido sus parejas con o sin convivencia) mientras que la Comunidad Autónoma Canaria amplía la protección que ofrece a todas las que sufran, entre otras, la violencia física comprendiendo esta «cualquier acto de fuerza contra el cuerpo de una mujer,con el resultado o el riesgo de producirle una lesión física o un daño» sin exigir el requisito de que haya habido convivencia o alguna relación de afectividad.